Organigrama

La Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario es una unidad administrativa  dependiente de la Secretaria de Salud del Estado de Nuevo León, que para el ejercicio de sus funciones, atribuciones y despacho de asuntos cuenta con la siguiente estructura: 

Fuente: Reglamento Interior de la Secretaria de Salud, publicado el 31 de enero del 2022 en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León.


Dirección de Control

Es la autoridad que permite ejercer actos en instancias sanitarias responsables, con el propósito de verificar que los establecimientos, vehículos, actividades, productos, equipos, y personas cumplan con los requisitos y las condiciones establecidas por la legislación sanitaria, a fin de prevenir riesgos y daños a la salud de la población. Incorpora los actos de la autoridad sanitaria destinados a vigilar y garantizar el cumplimiento de las disposiciones sanitarias por parte de las personas físicas o morales sujetas a la regulación.

En la Dirección de Control tiene por objeto proteger la salud de la población, asegurando el cumplimiento de las disposiciones sanitarias, bien sea haciendo uso de verificaciones, muestreos, monitoreos y supervisiones, o bien imponiendo sanciones o medidas de seguridad. Se realizan dentro de los programas regulares de trabajo de las autoridades sanitarias o atendiendo a los reclamos o informes de particulares sobre anomalías sanitarias que se presenten.

El control se ejerce en gran medida a través de la vigilancia sanitaria, la que, sustentada en elementos técnicos, permite al gobierno realizar su acción jurídica y administrativa para la expedición o revocación de autoridades sanitarias, la imposición de sanciones o la aplicación de medidas de seguridad.

La Dirección de Control se divide en las siguientes departamentos:

  • Salud Ambiental: Departamento responsable de la vigilancia y control de riesgos sanitarios relacionados con factores que afectan a la salubridad local, registro mediante avisos de funcionamiento y vigilancia de establecimientos de giro industrial procurando la disminución de los riesgos sanitarios al personal ocupacionalmente expuesto y de la población circundante. Lo anterior bajo la competencia del acuerdo de coordinación que, para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitarios, celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nuevo León, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de Julio de 2016. El departamento se encarga además de dar respuesta y seguimiento a los trámites de Certificación de Pozos de agua industrial y/o de consumo humano públicos y privados, así como del trámite de Licencia Sanitaria a las Empresas de Control de Plagas Urbanas, apegado a los lineamientos establecidos por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Finalmente, el Departamento de Salud Ambiental y Ocupacional es el encargado de coordinar las actividades de vigilancia y fomento en materia de espacios libres de Humo de Tabaco realizadas por las oficinas regionales de Regulación Sanitaria y por demás departamentos de la Dirección de Control.
  • Insumos para la salud: Departamento encargado de realizar visitas de verificación con el fin de ejercer el control sanitario en los mismos de acuerdo a la legalización sanitaria vigente, en los establecimientos con los giros de farmacias, boticas y droguerías, por vigilancia sanitaria, por apertura, por seguimiento, por bajas en forma aleatoria y por denuncias. Realizan además trámites, tales como: licencias sanitarias, permiso de importación de uso personal, donación o de maquila (los cuales se realizan en la ventanilla única VUCEM). Para los trámites de competencia federal, funciona como ventanilla y son canalizados COFEPRIS para su dictamen correspondiente.
  • Bienes y servicios: Es el departamento responsable de realizar la vigilancia sanitaria en los establecimientos y expendios que fabrican, comercializan, sirven, importan y/o exportan: Alimentos, Bebidas no Alcohólicas, Bebidas Alcohólicas, Productos Cosméticos, Productos de Aseo, Materias Primas. Con base en la legislación sanitaria para que los productos que ofrecen a la población del estado de Nuevo León, no generen riesgos a la salud. También coordina el área de comercio internacional que se encarga de los trámites de importación y exportación de juguetes y artículos escolares que son donados por parte de empresas. Trabaja también en regular la exportación de alimentos, bebidas alcohólicas y artículos de aseo y limpieza. Como también de hacer los avisos de importación y realizar los certificados de exportación.
  • Servicios de Salud: Departamento encargado de monitorear que los establecimientos que brindan atención médica incluyendo Hospitales y consultorios públicos y privados otorguen servicios de calidad e inocuos a la población del Estado de Nuevo León. Así mismo coordina la expedición de licencias sanitarias en la materia a fin de contar con un registro de tales establecimientos.
  • Publicidad: Departamento encargado de elaborar y expedir las normas técnicas de la publicidad dirigida a los profesionales de la medicina y la relativa a productos y servicios, al tratamiento de las enfermedades y a la rehabilitación de los inválidos, cuyo efecto pueda causar un riesgo a la comunidad. Vigila que la publicidad sujeta a regulación, control y fomento sanitarios se realice de conformidad con las disposiciones legales respectivas. Así mismo se encarga de expedir, revalidar o revocar, en su caso, las autorizaciones de mensajes publicitarios relacionados con las materias antes descritas, y que busquen realzar su existencia, su calidad y sus características, así como promover su uso, venta o consumo en forma directa o indirecta, de conformidad con lo dispuesto en el titulo decimotercero de la Ley General de Salud y del Reglamento respectivo.

 

Dirección de Fomento y Calidad

Es la encargada de realizar funciones de fomento que implican un enfoque preventivo y proactivo para la difusión y divulgación de la normativa, estas incluyen la promoción, propagación de información y capacitación específica para los establecimientos, empresas u organizaciones a fin de disminuir riesgos sanitarios. 


Oficinas Regionales de Regulación Sanitaria

Son oficinas descentralizadas de Subsecretaría de Regulación y Fomento Sanitario, quienes se encargan de garantizar la calidad de los alimentos producidos y expendidos, monitorean la calidad del agua y realizan actividades de salubridad local en las diferentes regiones del Estado de Nuevo León. Se dividen por la siguientes área geográficas:

    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 1.- Tiene su circunscripción en el Municipio de Monterrey.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 2.- Tiene su circunscripción en los Municipios de Abasolo, El Carmen, Ciénega de Flores, General Escobedo, General Zuazua, Mina, Salinas Victoria, San Nicolás de los Garza e Hidalgo.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 3.- Tiene su circunscripción sanitaria en los Municipios de García, San Pedro Garza García y Santa Catarina.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 4.- Tiene su circunscripción en los Municipios de Apodaca, Guadalupe y Juárez.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 5.- Tiene su circunscripción en los Municipios de Agualeguas, Anáhuac, Bustamante, General Treviño, Lampazos de Naranjo, Parás, Sabinas Hidalgo, Vallecillo y Villaldama.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 6.- Tiene su circunscripción en los Municipios de Los Aldamas, Cadereyta Jiménez, Cerralvo, China, Dr. Coss, Dr. González, General Bravo, los Herreras, Higueras, Marín, Melchor Ocampo, Pesquería y los Ramones.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 7.- Tiene su circunscripción en los municipios de Allende, General Terán, Hualahuises, Linares, Montemorelos, Rayones y Santiago.
    • Oficina de Regulación Sanitaria No. 8.- Tiene su circunscripción en Dr. Arroyo, Arramberri, Galeana, General Zaragoza, Mier y Noriega e Iturbide.